Cómo Traer a tu Familia a Chile: Visas y Reunificación Familiar
Guía completa para traer a tu familia a Chile. Cómo incluir cónyuge, hijos y padres en tu visa, requisitos y proceso de reunificación familiar ante el SERMIG.
La reunificación familiar es uno de los principios de la Ley 21.325. Si ya tienes residencia en Chile, puedes gestionar visas para que tu cónyuge, hijos y en algunos casos tus padres puedan vivir contigo legalmente en el país.
¿Quiénes pueden ser incluidos como carga familiar?
La Ley 21.325 define como familiares con derecho a reunificación a:
- Cónyuge o conviviente civil (unión formalizada mediante Acuerdo de Unión Civil en Chile o matrimonio).
- Hijos menores de 18 años bajo tuición o cuidado personal.
- Hijos mayores de 18 años con discapacidad que dependan del solicitante.
- Padres del titular cuando sean personas mayores o dependientes.
Opción 1: Incluir como carga en tu propia solicitud de visa
Si estás solicitando una visa temporaria o la Permanencia Definitiva, puedes incluir a tus dependientes directamente en la misma solicitud. Al aprobarse, cada dependiente recibe su propio permiso de residencia vinculado al tuyo.
Para esto necesitas:
- Certificados de nacimiento apostillados de los hijos (para acreditar filiación).
- Certificado de matrimonio apostillado o acuerdo de unión civil.
- Pasaportes vigentes de cada dependiente.
Opción 2: Solicitud de visa separada por arraigo familiar
Si tus familiares ya están en Chile (ingresaron como turistas o viven contigo) pueden solicitar visa temporaria por arraigo familiar de forma independiente, acreditando el vínculo contigo y que ya tienes residencia legal en Chile.
Opción 3: Visa consular desde el exterior
Si tus familiares aún están en tu país de origen, pueden solicitar una visa de residencia en la Embajada o Consulado de Chile en ese país, presentando los documentos que acrediten el vínculo familiar y que el familiar en Chile tiene residencia vigente.
Este proceso puede ser más lento ya que depende de la disponibilidad de la sede consular. Para algunos países con alta demanda, los plazos pueden ser extensos.
¿Qué pasa con los hijos que ya son adultos?
Los hijos mayores de 18 años sin discapacidad no califican como dependientes. Deben solicitar visa por sus propios méritos: visa de estudiante si están en una institución académica, visa de trabajo si tienen contrato, etc. Sin embargo, el arraigo familiar (tener padres con residencia en Chile) puede considerarse en la evaluación.
¿Y los padres del titular?
Los padres pueden incluirse si son personas mayores dependientes del titular. El SERMIG evalúa la dependencia económica o de cuidado. Si los padres son adultos mayores que necesitan cuidado y el titular es quien los provee, hay fundamento para la visa. Sin embargo, esta categoría tiene requisitos más estrictos y puede requerir documentación adicional.
Documentos para apostillar
Todos los documentos emitidos en el extranjero (certificados de nacimiento, matrimonio) deben estar:
- Apostillados si el país de origen es signatario del Convenio de La Haya.
- Legalizados (consulado del país de origen + Ministerio de RREE de Chile) si el país no es signatario.
- Traducidos al español por traductor oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile si están en otro idioma.
Mientras los familiares esperan resolución
Los familiares que están en Chile como turistas pueden iniciar el trámite de visa familiar antes de que venza su permiso de turismo. El comprobante de trámite activo puede habilitarlos para permanecer durante la tramitación.