Cómo verificar el estado de tu trámite en el portal oficial del SERMIG y qué significa cada estado.
Consulta tu solicitud en el portal oficial
El único lugar donde puedes ver el estado real de tu trámite es el Portal de Trámites Migratorios del SERMIG. Accede con la cuenta que usaste para presentar la solicitud.
Ir al portal del SERMIG ↗Sitio oficial del Gobierno de Chile — tramites.serviciomigraciones.cl
Los nombres son orientativos: pueden variar según el trámite y la versión del portal. La notificación de tu expediente prevalece sobre esta guía.
El SERMIG recibió tu solicitud y está revisando si está completa y si cumple los requisitos.
Qué hacer: No se requiere acción. Verifica periódicamente el portal. El proceso puede tomar varios meses.
El SERMIG necesita documentación adicional o encontró un error en lo presentado.
Qué hacer: Revisa el correo electrónico registrado en tu cuenta y el portal. Debes entregar lo solicitado dentro del plazo indicado en la notificación.
La solicitud pasó la etapa de evaluación y está siendo resuelta por la autoridad competente.
Qué hacer: Espera la resolución. Sigue revisando el portal y tu correo.
La autoridad dictó una resolución favorable. Los pasos posteriores dependen del permiso y de las instrucciones de la notificación.
Qué hacer: Lee la resolución, valida y descarga el Estampado Electrónico si corresponde. Cuando se otorgue residencia, solicita cita en Registro Civil dentro del plazo indicado; para Residencia Definitiva, SERMIG informa 30 días corridos desde la notificación.
El SERMIG denegó tu solicitud. La resolución de rechazo indica los motivos.
Qué hacer: Lee la resolución y su fecha de notificación. El recurso y el plazo aplicables dependen del procedimiento; usa la ficha oficial correspondiente y busca orientación urgente si existe una orden de salida o expulsión.
La solicitud fue archivada por inactividad, desistimiento o porque no se presentaron los antecedentes requeridos en el plazo indicado.
Qué hacer: Lee el acto y su causa. Una nueva solicitud solo corresponde si tu situación permite postular y has corregido el problema; no la inicies automáticamente.
Tienes derecho a impugnar la resolución mediante recursos administrativos dentro de los plazos establecidos.
Ver guía de recursos administrativos →Herramienta orientativa — no reemplaza asesoría legal ni la información oficial del SERMIG.
Revisión normativa: 29 de septiembre de 2026.
Fuente principal: Portal de Trámites Digitales — SERMIG ↗