Casos especiales para solicitar la Residencia Definitiva en Chile
Situaciones que permiten acceder a la Residencia Definitiva fuera del plazo general: familiares de chilenos, inversionistas, refugiados y otras categorías.
Cónyuge o conviviente civil de ciudadano chileno
Puede solicitar la Residencia Definitiva directamente, sin necesidad de acumular 24 o 12 meses de Residencia Temporal previa. Requiere acreditar el vínculo (matrimonio o AUC inscrito en el Registro Civil chileno) y cumplir los demás requisitos generales.
Padre o madre de hijo chileno
Habilitado para solicitar la Residencia Definitiva directamente, acreditando la filiación con el hijo chileno (partida de nacimiento del SRCeI).
Personas reconocidas como refugiadas
Quienes tienen reconocimiento de refugio en Chile pueden solicitar la Residencia Definitiva conforme a la Ley 20.430 (Ley de Refugio) y sus plazos específicos, que pueden ser distintos a los generales.
Inversionistas y personas con patrimonio demostrable
La ley contempla categorías para quienes tienen inversiones en Chile o patrimonio que demuestre medios de subsistencia autónoma. El SERMIG evalúa cada caso.
Otros vínculos relevantes
- Personas mayores de 65 años con pensión acreditada.
- Personas con discapacidad severa y dependientes de familiar residente.
En todos los casos especiales, los requisitos generales de antecedentes (no tener condenas graves, no tener prohibición de ingreso) siguen aplicando.