Residencia Temporal por actividades remuneradas: contrato, oferta y servicios

Respuesta rápida

Compara contrato, oferta laboral y prestación de servicios para solicitar Residencia Temporal desde el extranjero.

6 min de lecturaVerificado: 30 de septiembre de 2026Por Marcelo ArancibiaCómo verificamos la información

Qué permite esta subcategoría

Está destinada a personas extranjeras que desean establecerse temporalmente en Chile para desarrollar actividades lícitas remuneradas. La solicitud debe iniciarse desde el extranjero; tener un contrato u oferta no convierte una estadía turística en residencia ni autoriza por sí solo a trabajar.

Elige correctamente el respaldo laboral

ModalidadDocumento principalPunto decisivo
Trabajo dependienteContrato de trabajoExiste subordinación y dependencia con un empleador domiciliado o con sucursal en Chile.
Oferta laboralOferta formal aceptadaPuede originar un permiso inicial de 90 días; tras ingresar hay 45 días para presentar el contrato definitivo.
Prestación de serviciosContrato civil o mercantilSe deben acreditar los servicios, la contraparte y la capacidad económica correspondiente.

Contrato de trabajo: formalidades

SERMIG indica que el empleador debe firmar el contrato ante notario chileno y que la persona extranjera debe firmarlo ante el consulado competente. El contrato debe ajustarse al Código del Trabajo. La documentación adicional del empleador cambia según se trate de una persona natural, una empresa con fines de lucro o una organización sin fines de lucro.

Oferta laboral: no es igual a un contrato

La oferta debe estar protocolizada ante notario público chileno y la aceptación de la persona solicitante debe firmarse ante el consulado. Si el análisis resulta favorable, SERMIG puede conceder un permiso por 90 días corridos. Desde el ingreso a Chile existen 45 días para presentar una copia autorizada del contrato celebrado con el mismo empleador y la constancia de su registro electrónico.

Si el contrato no se concreta, SERMIG puede dejar sin efecto ese permiso y disponer el abandono del país. No presentes una oferta simulada ni pagues por documentos laborales sin una relación real.

Documentos personales comunes

  • Pasaporte con una vigencia mínima de un año al presentar desde el exterior.
  • Antecedentes penales o judiciales para mayores de 18 años, emitidos dentro de los 60 días previos, salvo otra vigencia indicada.
  • Fotografía reciente con las características exigidas por el portal.
  • Documentos extranjeros apostillados o legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente.

Antecedentes del empleador o contratante

La ficha oficial puede exigir carpeta tributaria, inicio de actividades, acreditación de representación legal, vigencia de la personalidad jurídica, directorio y solvencia o liquidez suficiente. No basta con adjuntar el contrato: selecciona el tipo de empleador correcto y reúne los respaldos que aparecen para ese caso.

Después de obtener el permiso

En un permiso concedido desde el extranjero, la vigencia comienza al ingresar a Chile. Si ya eres titular de esta residencia, perder el empleo o cambiar voluntariamente de empleador no es por sí solo causal de revocación. La excepción práctica importante es el permiso inicial de 90 días basado en una oferta laboral, porque está condicionado a concretar el contrato informado.

Lista de control antes de enviar

  1. Confirma si tu documento es contrato, oferta o prestación de servicios.
  2. Verifica firmas notariales o consulares según la modalidad.
  3. Comprueba vigencia, apostilla, traducción y legibilidad.
  4. Revisa que el empleador y quien firma tengan representación acreditada.
  5. No inicies actividades hasta contar con autorización vigente.

Consultar requisitos oficiales por modalidad en SERMIG.

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar esta residencia desde Chile como turista?
No. La solicitud de actividades remuneradas se presenta desde el extranjero.
¿Contrato y oferta laboral producen el mismo permiso?
No. La oferta puede originar un permiso inicial de 90 días condicionado a presentar el contrato definitivo después del ingreso.
¿Qué pasa si cambio de empleador?
Si ya eres titular del permiso, el cambio no es por sí solo causal de revocación; el permiso de 90 días basado en una oferta tiene reglas especiales.
¿El contrato me autoriza inmediatamente a trabajar?
No. Debes contar con el permiso o autorización migratoria correspondiente.

Recibe avisos cuando cambie la normativa

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